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jueves, 23 de noviembre de 2023

Guía de autocuidado tras una agresión sexual

 

Para ayudar a las mujeres que han sufrido una agresión sexual a entender las posibles secuelas físicas y psicológicas del acontecimiento sufrido se ha publicado la guía Tras una agresión sexual.

La guía, publicada por el Gobierno de Canarias, aborda las dudas y miedos frecuentes que suelen acompañar a las mujeres que han sufrido una agresión sexual, proporcionando información sobre el procedimiento sanitario que se lleva a cabo, las posibles reacciones físicas y psicológicas más frecuentes y el establecimiento de estrategias de autocuidado para los días posteriores a la agresión.

La guía subraya que, aunque la mujer que ha sido víctima de una agresión sexual se pueda sentir avergonzada e incluso culpable por lo sucedido, ninguna agresión es justificable y nunca es culpa de la mujer. “No importa cómo o por qué ocurrió la agresión. No importa si había bebido, tomado drogas, dónde estaba o cuál era su relación con el agresor. Usted no es la culpable. Nadie tiene derecho a agredirla. Es un delito”, remarca el texto.

Asimismo, en la publicación se citan las reacciones frecuentes y normales ante una situación de esta naturaleza, tales como estar en alerta constante, como si el peligro pudiera volver a suceder en cualquier momento, sobresaltarse ante cualquier ruido, estar impaciente o irritable o experimentar dificultades para concentrarse y conciliar el sueño, entre otros.

La guía señala una serie de pautas para promover la recuperación de las víctimas, como ubicarse en un entorno seguro y agradable, establecer un plan de autocuidado para las semanas siguientes, buscar apoyo, informarse, exponerse gradual y paulatinamente a salur a la calle o solicitar ayuda psicológica en caso necesario.

Se puede acceder a la guía en el siguiente enlace:

Tras una agresión sexual

lunes, 9 de octubre de 2023

Claves para que los jóvenes puedan identificar agresiones sexistas

 

¿Alguna vez te has sentido con miedo al caminar sola por la noche? ¿Hay un chico que no para de ‘stalkearte’ en redes y que te encuentras en todos los sitios? ¿Te has visto presionada a tener relaciones sexuales cuando no querías?… Estas son algunas de las preguntas con las que da comienzo la guía Días y Noches sin agresiones sexistas.

La guía, editada por Emakunde y las Diputaciones Forales de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa, y EUDEL, está especialmente dirigida a jóvenes y tiene como objetivo ayudarles a reconocer las conductas y comportamientos que son clases de violencia sexual o de agresión sexista.

 

 

La publicación está destinada, sobre todo, a la prevención de la agresión sexual en espacios de ocio juvenil y puede ser utilizada en cualquier tipo de contexto educativo, tanto formal o informal, para su trabajo individual o grupal.

La guía aborda el concepto de agresión sexual y violencia machista, así como los mitos en torno al feminismo y machismo. También proporciona una serie de recomendaciones en caso de sufrir una agresión sexual o de ser testigos de este tipo de delitos y señala las claves para detectar conductas violentas en las propias relaciones.

Se puede acceder al recurso en el siguiente enlace:

Días y Noches sin agresiones sexistas

lunes, 26 de junio de 2023

Guía de prevención y actuación ante las agresiones sexuales sexistas

 

¿Cómo saber si has sufrido una agresión sexista? ¿Qué hacer si sabes o sospechas que una persona ha sido víctima de una agresión sexual?… Estas son algunas de las preguntas a las que pretende dar respuesta la Guía de prevención y actuación ante las agresiones sexuales sexistas.

La guía, elaborada por el Ayuntamiento de Málaga, tiene como objetivo mejorar la concienciación de las mujeres jóvenes sobre los tipos de agresiones sexuales y proporcionar información y recursos para prevenir y actuar de manera temprana ante el posible riesgo de agresión.

 

La guía detalla los diferentes tipos de agresión sexual, qué se puede hacer contra este tipo de violencia machista, qué se puede hacer ante la sospecha de una posible víctima de agresión, qué hacer si somos testigos de una agresión sexual, así como proporciona los diferentes teléfonos de ayuda a los que acudir.

Tal y como se detalla en la guía, se produce una agresión sexual sexista cuando:

  • No han respetado tu decisión de no tener sexo.
  • Te has ido de un espacio público, de un bar, de un concierto o has tenido que cruzar de acera porque te has sentido intimidada y no sabías qué hacer.
  • Estás bailando y no dejan de acosarte.
  • Te han tocado, abrazado o rozado sin tu consentimiento.
  • Te han grabado manteniendo relaciones sexuales sin tu permiso.
  • Te han presionado o forzado para mantener relaciones sexuales.
  • Te han tocado partes de tu cuerpo o te han agobiado a pesar de que dijiste que te dejaran en paz.
  • Has sufrido insultos, supuestos “piropos”, tocamientos, desprecios y/o humillaciones por no ceder

Se puede acceder a la guía en el siguiente enlace:

Guía de prevención y actuación ante las agresiones sexuales sexistas

lunes, 27 de febrero de 2023

Medidas para frenar las agresiones sexuales a las mujeres, Informe de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer

 

Una de cada 3 mujeres y niñas ha sufrido violencia de género en el mundo y una de cada 10 ha sido víctima de una violación. A pesar de que la violación es un delito grave, es una forma de violencia muy frecuente, que a menudo no se acompaña de la correspondiente sanción al perpetrador, que suele acabar gozando de impunidad o que no llega a ser denunciado por la falta de protección de las víctimas. Estas son algunas de las cuestiones recogidas en el documento elaborado por la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, Dubravka Šimonović, publicado el pasado mes de junio y en el que se hace una mención concreta a España, como un país en el que que se están produciendo movimientos sociales para romper el silencio en torno a este tipo de violencia.

 

Autor: Karolina Grabowska Fuente: 
Pexels Fecha descarga: 07/05/2021

En el texto, la Relatora califica la violación como “una vulneración grave, sistemática y generalizada de los derechos humanos”, además de un delito y de una de las manifestaciones más extremas de la violencia de género. De hecho, según señala la Relatora, la violencia sexual equivale a una forma de tortura y puede constituir un crimen de guerra. A pesar de este reconocimiento legal, a nivel nacional se suele tipificar la violación de maneras muy diferentes según cada país (atendiendo a la presencia de fuerza o falta de consentimiento y reconociendo diferentes factores atenuantes o agravantes), observándose en estas definiciones la presencia de mitos y estereotipos de género que dificultan que las víctimas lleguen a denunciar este tipo de delitos.

Las lagunas legislativas existentes sobre la violación impiden la protección adecuada de las víctimas de este tipo de delitos. Asimismo, no existe un informe mundial que recoja la violación dentro del marco de los derechos humanos, por lo que este es el objetivo del documento elaborado por la Relatora, que lleva por título: Informe de la Relatora especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y sus consecuencias.

Tal y como señala la Relatora, los Estados tienen la obligación de mejorar las formas de prevención, tipificación y enjuiciamiento de las violaciones en sus territorios, de manera que este tipo de delitos tengan una respuesta eficaz y rápida.

En el documento la Relatora proporciona una visión general de la normativa internacional de derechos humanos aplicable a los caos de violación desde un enfoque centrado en la víctima, así como revisa la legislación penal existente proponiendo vías para su armonización y ofrece recomendaciones para mejorar la tipificación y el castigo para este tipo de delitos.

Tras el análisis y revisión de la situación de 105 países, la Relatora identifica una serie de obstáculos que deben corregirse:

  • Tipificación de las violaciones como delitos específicos de género consistentes en la penetración vaginal a mujeres. A ese respecto, la definición de violación debería considerar a todas las personas y a todos los tipos de penetración con carácter sexual, así como incluir también la violación sexual dentro del matrimonio (que en muchos países queda excluida). De esta manera, los hombres, niños y personas de género diverso deben también estar protegidos en la legislación, si bien la violación es una forma de violencia de género que afecta predominantemente a las mujeres y niñas y que, por lo tanto, “requiere una perspectiva de género” para su abordaje.
  • Las definiciones de violación que no incluyen de manera explícita la falta de consentimiento y que están centradas exclusivamente en el uso de la fuerza. En esta línea, la relatora incide en la necesidad de que las tipificaciones de violación incluyan la falta de consentimiento como elemento fundamental, puesto que la fuerza en sí misma, no es un elemento constitutivo de violación. “Las relaciones sexuales sin consentimiento deben ser consideradas un delito de violación en todas sus definiciones”. A su vez, se deben especificar las circunstancias en las que la falta de consentimiento no puede darse (por ejemplo, víctimas que están en centros de detención, o incapacitadas debido al consumo de alcohol y drogas).
  • Sanciones y penas mínimas en relación con la gravedad del delito y atenuadas por factores que pueden agravar el daño a la víctima, como la condición de que el violador se case con la víctima. En relación con estas lagunas legislativas, la Relatora señala que debe haber una correspondencia entre el castigo y la gravedad de la violación y eliminar la práctica de imposición de multas como única pena, así como reconocer los siguientes agravantes: que el agresor sea cónyuge o pareja o familiar cercano, que haya abusado de su poder o autoridad, que la víctima sea vulnerable o menor de edad o que el acto se cometa en presencia de menores de edad, así como que provoque daños físicos y/o psicológicos a las víctimas, que intervengan dos o más agresores, que sea repetido y que se use la violencia o la amenaza.
  • Retrasos en las respuestas judiciales y enlentecimiento de los procesos de denuncia. Para prevenir este hecho, la Relatora señala la necesidad de que el delito de violación se persiga de oficio, sin depender de la denuncia de la víctima y actuando sin demora.
  • Procesos judiciales que provocan un daño adicional en las víctimas. En este sentido, la Relatora establece la importancia de que el testimonio de la víctima, sustentado en una evaluación física y psicológica y valorado junto con las pruebas existentes, “no debe requerir más corroboración para ser considerado como prueba”, así como excluir la indagación sobre los antecedentes sexuales de la victima como prueba para atenuar el delito  y asegurar procedimientos en los que la víctima y el agresor no entren en contacto, por ejemplo, permitiendo que la víctima testifique sin presencia del agresor, proporcionándole la adecuada asistencia jurídica y cualquier tipo de ayuda para asegurar un juicio justo y respetuoso, así como informándola de cualquier novedad respecto a la situación del agresor.
  • Plazos reducidos para la prescripción de este tipo de delitos. Según la Relatora, “no se debe establecer ningún plazo de prescripción para iniciar acciones judiciales por delitos de violación, tanto si se cometen en situaciones de conflicto como en tiempos de paz”. Asimismo, se deben juzgar los casos de violación de ciudadanos del país que han cometido la violación fuera de su territorio y establecer centros y observatorios específicos para la prevención de la violencia sexual.

En el documento se reconoce el peligro de revictimización que pueden sufrir las personas victimas de este tipo de delitos ante los procedimientos judiciales que ponen en duda la validez de sus declaraciones o la credibilidad de sus testimonios o que requieren pruebas que atentan contra los derechos humanos, como pruebas de virginidad o la investigación de sus antecedentes sexuales

El texto insta a los estados a acelerar el proceso de armonización de su legislación con la normativa internacional de los derechos humanos, así como a adoptar medidas urgentes para mejorar la tipificación de la violación, el enjuiciamiento de los culpables, así como establecer programas de prevención de violencia de género y centros específicos de apoyo a las víctimas. Atendiendo a estos últimos aspectos, el documento señala la necesidad de que los Estados proporcionen servicios y apoyo adecuados a las víctimas de la violación, “como centros de atención urgente, órdenes de protección y medidas de ayuda provisionales, incluidas medidas de reparación a las víctimas”. Asimismo, sigue el texto, “los Estados deben garantizar una educación adecuada a la edad de los niños y adolescentes sobre la autonomía sexual y los derechos humanos, incluida la importancia de comprender la falta de consentimiento (el principio “no es no”) y de promover el consentimiento afirmativo (el principio “sí es sí”).

Puedes acceder al documento en el siguiente enlace:

Informe de la Relatora especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y sus consecuencias

FUENTE: INFOCOP


martes, 27 de diciembre de 2022

En España, el 48% de las mujeres que sufre agresión sexual no cuenta con asistencia integral

 

Aunque se están dando pasos relevantes por parte del Estado para abordar la violencia sexual en España, el 48% de las mujeres sigue sin contar con asistencia integral en caso de sufrir algún tipo de agresión sexual. No tienen acceso a centros a los que dirigirse para solicitar ayuda, y en los que se les pueda dar atención médica, psicológica y asesoramiento legal si quisieran presentar una denuncia.

Así lo afirma Amnistía Internacional en un comunicado a través del cual pone de relieve la falta de recursos para abordar la violencia sexual en nuestro país y la desigual atención entre Comunidades Autónomas.

Tal y como señala AI, en los últimos años se han observado mejoras en línea con las recomendaciones del Consejo de Europa: una comunidad autónoma (Principado de Asturias) y un Ayuntamiento (Madrid) cuentan ya con un centro de crisis que atiende de manera integral a las mujeres víctimas de violencia sexual, las 24 horas del día, todos los días de la semana. Otras siete comunidades (Andalucía, Aragón, Baleares, Cantabria, Castilla León, Comunidad Valenciana, y Murcia) ofrecen asistencia coordinada y permanente para víctimas de violencia de género y violencia sexual.

Foto: Riciardius Fuente: pexels Fecha descarga: 17/06/2021

Por su parte, Euskadi y Castilla-La Mancha cuentan con un programa de atención psicológica para mujeres víctimas de violencia sexual fuera del ámbito de la pareja, y Cataluña ha implementado una unidad contra las agresiones sexuales, poniendo a su vez en marcha protocolos de prevención de abuso sexual en programas de educación en tiempo libre y en el transporte público.

Asimismo, Amnistía Internacional aplaude que la violencia sexual haya dejado de ser invisible, como se desprende de los datos del Ministerio del Interior que apuntan a un descenso del 15,3% en las denuncias presentadas por delitos contra la libertad y la indemnidad sexual, durante el primer semestre de 2020 y registran Se han registrado 6.139 denuncias por delitos sexuales entre enero y junio, 34 por día. No obstante, recuerda que, pese a esta mayor visibilidad, el Eurostat de 2018, sitúa a España a la cola de los países europeos, ocupando el puesto 25 de 32 en cuanto al número de denuncias presentadas por violencia sexual (3,64 por cada 100.000 habitantes) y afirma que “el hecho de que las mujeres no confíen en las autoridades para su protección no puede seguir siendo un obstáculo para que se garanticen sus derechos".

Por todo lo anterior, considera que la nueva ley de Libertad Sexual que está preparando el Gobierno puede ser "una oportunidad para prevenir la violencia sexual, proteger y garantizar los derechos de las mujeres víctimas de este tipo de violencia", e insta a que el Ejecutivo la acompañe de unos presupuestos específicos contra la violencia sexual, para incrementar su eficacia, estableciendo las siguientes recomendaciones al redactado de la futura Ley:

  1. Garantizar la existencia de centros especializados en todo el territorio español, impulsando a largo plazo la creación de centros de emergencia multidisciplinares con atención permanente.

  2. Emprender la reforma del Código Penal que prevé centrarse en el consentimiento libre y expreso dado por la mujer (de acuerdo con lo establecido por el Convenio del Consejo de Europa). Un objetivo que debe ir de la mano de la adecuada formación al personal judicial.

  3. Impulsar campañas de sensibilización a nivel estatal y autonómico, basadas en la libertad sexual y seguridad de las mujeres; y de información clara para que éstas sepan cómo pueden actuar en caso de sufrir una agresión sexual.

  4. Apostar por una formación con perspectiva de género de todos los y las profesionales con los que se encuentra una mujer víctima de violencia sexual para evitar su revictimización con estereotipos erróneos. Y conseguir que las mujeres puedan sentirse creídas y protegidas a la hora de presentar una denuncia.

Fuente: Amnistía Internacional / Infocop

lunes, 4 de enero de 2021

¿Qué caracteriza a los adolescentes que cometen delitos sexuales?



Sandra Siria1, Enrique Echeburúa1y Pedro J. Amor2
1Universidad del País Vasco
2Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED)


En España los estudios sobre adolescentes que han cometido algún delito sexual son casi inexistentes. Según el Ministerio del Interior, la tasa anual de delitos sexuales llevados a cabo por adolescentes está en torno al 7% del total de este tipo delitos. Aunque no supone un porcentaje muy elevado, es importante centrar la atención en los factores de riesgo relacionados con estas conductas a tan temprana edad para poder abordarlos adecuadamente dentro de programas de prevención e intervención. No es posible establecer un único perfil para estos adolescentes debido a su gran heterogeneidad, pero sí que hay algunas características que se dan con cierta regularidad en esta población.

Existen numerosos estudios internacionales que han tratado de explicar mediante diferentes modelos teóricos el origen de esta conducta en la adolescencia. Algunos sugieren que puede estar relacionada con experiencias adversas en la infancia, como el maltrato, mientras que otros ponen el acento en el contexto familiar disfuncional, en la ausencia de figuras de apego estables o en un comportamiento antisocial generalizado desde la infancia. Pero una de las áreas que, sorprendentemente, ha sido poco estudiada es el desarrollo sexual que han tenido estos jóvenes, es decir, las situaciones relacionadas con la sexualidad experimentadas a lo largo de su infancia y adolescencia y que han interferido en su aprendizaje sobre la sexualidad. Aquí se incluyen, por ejemplo, un entorno familiar en el que hayan sido testigos de prácticas sexuales inadecuadas para su edad, el inicio precoz en el consumo de pornografía o la victimización sexual. Todos estos son factores de riesgo que pueden contribuir al desarrollo de conductas sexuales abusivas, pero que ninguno de ellos por sí mismo puede explicarlas por completo.

El estudio que se presenta aquí es el primero que se realiza a nivel estatal. En concreto, se obtuvo una muestra de 73 adolescentes varones que estaban cumpliendo una medida judicial por la comisión de un delito sexual en diversas Comunidades Autónomas. A continuación, se indican los principales resultados obtenidos.

Respecto a las características de los delitos sexuales, alrededor de la mitad de las víctimas eran de edad similar a los autores (54%), mientras que el 34% eran niñas y niños más pequeños y el 12% eran mujeres adultas. La mayoría de estas víctimas eran de sexo femenino (72,5%), pero hubo un 25% de víctimas masculinas (todas ellas de edad inferior o similar al joven). El 46% de las víctimas eran personas conocidas por el autor, mientras que el 18% pertenecían a su propia familia y el 36% eran personas totalmente desconocidas. Finalmente, conviene destacar que, si bien en la mayoría de las ocasiones los adolescentes cometieron el delito solos, en un 22% de los casos lo cometieron entre dos o más personas.

Como conclusión se puede afirmar que estos jóvenes cometen delitos sexuales contra personas de su entorno más cercano y de edad similar o inferior. En cuanto a su trayectoria vital, es destacable que la prevalencia de diferentes tipos de maltrato y de disfunción familiar es especialmente alta en la mayoría de ellos. Por ello, el entorno familiar puede ser un factor clave para explicar el desarrollo de este tipo de conductas. Finalmente, se pone de relieve la importancia y la necesidad de atender a cómo han sido las experiencias relacionadas con la sexualidad que han tenido desde su infancia. No solo es reseñable el hecho de que hayan sido víctimas de violencia sexual, sino la presencia de esas otras experiencias que han podido afectar negativamente a su desarrollo sexual, ya que también la mayoría de ellos presenta alguno de los episodios señalados en este sentido.

Todas estas cuestiones tienen su aplicación práctica para la prevención general de la violencia sexual. En concreto, contribuyen a la detección temprana a través de los recursos dirigidos a la infancia y al análisis de dinámicas sexuales disfuncionales dentro de las familias, aportan información relevante para la aplicación de una educación sexoafectiva temprana y, por último (pero no menos importante), son de utilidad para la evaluación y tratamiento adaptados de manera individualizada cuando estos jóvenes llegan a las instituciones de reforma en el ámbito judicial. Todo ello debería comenzar necesariamente con la adecuada formación y capacitación de los profesionales de estas áreas de actuación en materia de conductas sexuales abusivas.

El artículo completo puede encontrarse en Psicothema:

Siria, S., Echeburúa, E., & Amor, P. J. (2020). Characteristics and risk factors in juvenile sexual offenders. Psicothema, 32(3), 314-321.

Referencias:

Goulet, J. A. S., & Tardif, M. (2018). Exploring sexuality profiles of adolescents who have engaged in sexual abuse and their link to delinquency and offense characteristics. Child Abuse & Neglect, 82, 112-123. https://doi.org/10.1016/j.chiabu.2018.05.023.

Levenson, J. S., Willis, G. M., & Prescott, D. S. (2016). Adverse childhood experiences in the lives of male sex offenders: Implications for trauma-informed care. Sexual Abuse, 28(4), 340-359. https://doi.org/10.1177/1079063214535819.

Seto, M. C., & Lalumiere, M. L. (2010). What is so special about male adolescent sexual offending? A review and test of explanations through meta-analysis. Psychological Bulletin, 136(4), 526-575. https://doi.org/10.1037/a0019700.

AUTORAS:

Sandra Siria es Doctora en Criminología por la UPV/EHU, especializada en adolescentes con conductas de violencia sexual. Actualmente trabaja como investigadora en la UPNA y como docente colaboradora en la UMH y la UOC. Sus líneas de investigación se centran principalmente en la violencia sexual y en la violencia de género.

Enrique Echeburúa es Catedrático de Psicología Clínica en la Universidad del País Vasco (UPV/EHU). Premio Euskadi de Investigación 2017 y académico de número de Jakiunde (Academia Vasca de las Ciencias, Artes y Letras).

Pedro J. Amor es Doctor en Psicología y profesor Titular en la Facultad de Psicología de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED). Sus principales líneas de investigación están vinculadas al estudio de la violencia dentro de las relaciones de pareja.


FUENTE: INFOCOP






lunes, 10 de junio de 2019

Guía para mujeres que han sufrido algún tipo de humillación o violencia sexual


Ante el incremento exponencial de noticias difundidas en los medios de comunicación relativas a casos de violencia y/o humillación sexual a mujeres, la Fundación para la Salud Mental de Reino Unido (Mental Health Foundation) –organización sin ánimo de lucro orientada a la prevención de los problemas de salud mental-, ha publicado una guía dirigida a todas aquellas mujeres que han sufrido este tipo de violencia y cuya exposición a noticias relacionadas con estas situaciones, puede desencadenar nuevamente pensamientos y sentimientos traumáticos.

Tal y como indica el documento, la exposición a este tipo de noticias puede tener un impacto negativo en la salud mental de aquellas personas que han pasado por lo mismo; por ello, ofrece una serie de recomendaciones y técnicas con el fin de minimizar este impacto.

La guía se encuentra disponible en la página de la organización, o bien directamente a través del siguiente enlace:


FUENTE: INFOCOP

jueves, 1 de diciembre de 2016

La delincuencia sexual y su prevención y tratamiento


Ana Martínez-Catena y Santiago Redondo

Universidad de Barcelona

La delincuencia sexual constituye un gran reto científico y aplicado, tanto por lo que se refiere a la explicación de su génesis como a su prevención. ¿Por qué algunas personas, en su mayoría hombres, encuentran satisfactorio el hecho de agredir sexualmente a otros adultos o abusar de menores? ¿Por qué no consiguen controlar e inhibir tales conductas antisociales e ilícitas?

A este respecto, la investigación científica ha documentado diversos factores individuales y sociales que se asociarían al inicio temprano de conductas de agresión sexual. Una amplia mayoría de los agresores sexuales ha experimentado vivencias sexuales atípicas y traumáticas en su infancia, así como otras situaciones negativas de abandono familiar, maltrato o rechazo afectivo. Como resultado de ello, estos adolescentes muestran mayor vulnerabilidad para el desarrollo de déficits personales severos en autoestima, capacidad de comunicación, y habilidades de relación y afrontamiento de problemas interpersonales; déficits que se conectan a su vez con su mayor riesgo de comisión de infracciones sexuales.

En paralelo, los delincuentes sexuales suelen mostrar numerosas “distorsiones cognitivas”, o creencias y actitudes erróneas que sesgan y justifican la propia percepción de su conducta y de los deseos e intenciones de sus víctimas. De ese modo es más fácil mal interpretar las situaciones sociales y negar la propia responsabilidad por los delitos cometidos. Así mismo muestran graves “carencias empáticas”, es decir, en su capacidad para comprender y compartir el sufrimiento de otras personas, lo que también contribuye a disminuir su sentimiento de culpa.

Por último, los agresores sexuales muestran, en comparación con otros delincuentes violentos, también más problemas internalizantes (ansiedad social, sentimientos de soledad, tristeza, fantasías sexuales desviadas...).

Atendida la diversidad de los factores de riesgo aludidos que pueden contribuir al inicio de la delincuencia sexual, también deberían emplearse, para contrarrestarlos, distintas medidas de prevención. En términos de prevención primaria, los jóvenes deberían aprender tempranamente qué comportamientos sexuales resultan socialmente aceptables y cuáles no. Para ello pueden realizarse, en la familia y en la escuela, intervenciones educativas generales como ofrecer información significativa sobre la conducta sexual en función de la edad, establecer pautas de conducta y valores apropiados en las interacciones sexuales con otras personas, etc. Por su lado, la prevención secundaria se orientaría a desarrollar intervenciones específicas con adolescentes que ya han llevado a cabo alguna infracción forzado con la finalidad de evitar la repetición y consolidación de esta conducta.

Por último, frente a aquellos casos de jóvenes que ya han realizado abusos o agresiones sexuales severos va a requerirse, en primera instancia, la intervención de la justicia y, en segunda, la realización de los oportunos tratamientos especializados(en el marco de la denominada prevención terciaria). Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid se desarrolla con estos jóvenes el Programa de desarrollo integral para agresores sexuales iniciado en 2005 y, más recientemente, el Tratamiento educativo y terapéutico para agresores sexuales juveniles diseñado en 2012.

Entre los objetivos terapéuticos de estas intervenciones pueden destacarse el intento de que el menor reconozca y asuma la responsabilidad del delito; la mejora de su empatía con las víctimas; la reestructuración de sus distorsiones cognitivas y de las justificaciones asociadas a sus delitos sexuales; su educación sexual; la mejora de su autoestima, de su competencia social y familiar… (consultar estos programas en el sitio web de la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor).

Para el caso varones adultos condenados e ingresados en un centro penitenciario por la comisión de un delito sexual existe un Programa de control de la agresión sexual (PCAS). Este programa incorpora todos aquellos ingredientes terapéuticos que internacionalmente han mostrado mayor eficacia. Es un programa de orientación cognitivo-conductual destinado tanto a agresores sexuales de menores como de víctimas adultas. Los objetivos generales del programa son: 1) mejorar las posibilidades de reinserción y de no reincidencia de los participantes; 2) favorecer un análisis más realista de sus actividades delictivas, que reduzca sus distorsiones y justificaciones delictivas, y 3) mejorar sus capacidades de comunicación y relación interpersonal (consultar este programa y otros en el sitio web de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, Ministerio del Interior).

En relación con la efectividad de los tratamientos aplicados para la disminución del riesgo de reincidencia de los agresores tratados, durante más de cuatro décadas se han efectuado múltiples evaluaciones de grupos de delincuentes sexuales tratados en distintos países y contextos. Posteriormente estas evaluaciones específicas se han integrado mediante la técnica del meta-análisis. Según los diversos meta-análisis llevados a cabo, la tasa de reincidencia promedio de los grupos tratados es de en torno al 7%, mientras que la de los no tratados es de alrededor del 18,93%. Según ello, los tratamientos logran bajar la reincidencia de los agresores sexuales tratados aproximadamente a la mitad de la que sería esperable en ausencia de tratamiento.

Por lo que se refiere específicamente a España, tras varios años de aplicación del programa para agresores sexuales adultos al que se ha aludido, se efectuó una primera evaluación de reincidencia en 2006. Este análisis obtuvo que tan solo un 4,1% de los agresores sexuales tratados había reincidido en delitos sexuales tras cuatro años en libertad, mientras que la reincidencia del grupo de sujetos no tratados ascendió al 18,2%. En otras evaluaciones de la reincidencia de agresores sexuales tratados se han encontrado también resultados positivos similares. En la actualidad, el programa PCAS está siendo evaluado también mediante la Escala de Evaluación Psicológica de Agresores Sexuales (EPAS), una herramienta específica que permite conocer los cambios terapéuticos producidos en los agresores sexuales a partir del tratamiento.

Según lo comentado en este resumen de investigación, aunque han sido importantes los avances operados durante las últimas décadas en el campo de la delincuencia sexual, todavía existen importantes lagunas y retos científicos pendientes como los siguientes: conocer los procesos dinámicos que median entre los factores de riesgo aludidos y el inicio de la agresión sexual, potenciar la prevención primaria y secundaria de las infracciones sexuales, y ampliar los ámbitos de actuación en esta materia preventiva a familias, escuelas y comunidades.

El artículo completo puede encontrarse en la Revista Anuario de Psicología Jurídica:

Martínez, A y Redondo, S. (2016). Etiología, prevención y tratamiento de la delincuencia sexual. Anuario de Psicología Jurídica 26, 19-29.
Ana Martínez Caterna es docente en Psicología y Criminología; y técnico de investigación en el Grupo de Estudios Avanzados en Violencia de la Universidad de Barcelona. Ha participado en diversas investigaciones y publicaciones científicas relacionadas con la predicción, tratamiento y prevención del comportamiento violento, especialmente sobre agresores sexuales, delincuentes juveniles y motivación para el cambio de conducta.
Santiago Redondo Illescas es profesor de Psicología y Criminología de la Universidad de Barcelona. Autor de numerosos trabajos científicos, incluidos sus libros: Manual para el tratamiento psicológico de los delincuentes (Pirámide, 2008, 2017), In-tolerancia cero (Sello Editorial, 2009), ¿Por qué víctima es femenino y agresor masculino? (Pirámide, 2010), Principios de Criminología (Tirant lo Blanch, 2013), y El origen de los delitos (Tirant lo Blanch, 2015).

lunes, 24 de octubre de 2016

Machismos: esta maldita sociedad de enfermos


Aún resuenan los ecos del escándalo creado por Gustavo Cordera, ese viejo rockero argentino de 54 años proveniente de una banda alternativa llamada Bersuit Vergarabat. Cordera, que va de moderno, soltó un roñoso pensamiento arcaico en una escuela de periodismo. Dijo: “Hay mujeres que necesitan ser violadas para tener sexo porque son histéricas y sienten culpa por no poder tener sexo libremente”. Luego ha intentado justificarse diciendo que se sacaron sus palabras de contexto. Pamemas.

Lo que dijo es exactamente lo que dijo, y además añadió otras perlas estupendas. Por ejemplo, preguntado por las denuncias por abusos sexuales contra otros dos músicos, contestó: “Aldana hace mucho que coge con pendejas [menores], ¿ahora eso es abuso?”. Se refiere al también cantante argentino Cristian Aldana, a quien la Fiscalía acusa penalmente de seis casos de abuso sexual agravado y corrupción de menores. Qué criaturitas tan encantadoras estos buenos rockeros

Pero lo más terrible del asunto no es que hayamos dado por casualidad con unos descerebrados y feroces machistas, con las ovejas negras que toda sociedad tiene. No, lo peor es que no son ovejas negras, sino sucias, esto es, de un color parduzco de lo más común. Transcribo la frase atroz de Cordera sobre las violaciones y lo que me acongoja es pensar en cuántos hombres (y quizá algunas mujeres) sentirán que en el fondo no le falta razón. Y hablo de España en el siglo XXI, no de los talibanes ni del Isis. Porque a lo que nos estamos enfrentando es a una enfermedad social.

Nuestro mundo arrastra una honda, espantosa patología sexista que ningunea, tortura y sojuzga a las mujeres. Si no estuviera tan asentada en nuestro cerebelo la idea de que las mujeres no tienen voluntad propia, de que en el fondo están hechas para el placer del varón y de que el hombre es el dueño de sus cuerpos y de sus destinos, no sucederían hechos tan alucinantes como la presunta violación colectiva de los sanfermines o tantas otras agresiones sexuales semejantes. Veinteañeros aparentemente normales que, de pronto, parecen enloquecer y no sólo violan en masa a chicas jovencísimas, sino que además se sienten tan seguros y tranquilos ante lo que han hecho que incluso se graban llenos de jolgorio mientras las agreden.

Esa violencia real se asienta sobre la violencia mental y verbal de quienes opinan como Cordera. Y por desgracia estamos tan acostumbrados a escuchar semejante tipo de basuras (ya digo que esta sociedad perversa nos educa a hombres y a mujeres dentro del sexismo) que conviene darle la vuelta al argumento para apreciar bien su aberración. O sea, sería como decir que hay hombres que necesitan ser violados analmente porque el prejuicio machista les impide saber lo mucho que les gustaría ser atravesados por un varón. Puede que ese sea exactamente el caso de Cordera, miren por dónde. Puede que la violación de un gigante de dos metros le salve de sí mismo y de su histeria. A fin de cuentas, ¿qué sabe el rockero de sus propios deseos y de su cuerpo? Quien de verdad sabe lo que él necesita es su violador. En fin, le deseo amigablemente a Cordera que lo encuentre.

En 1993, la Asamblea General de la Onu firmó la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres. Pero 23 años después no hemos avanzado nada: una de cada tres mujeres que hay en el mundo sigue sufriendo violencia física o sexual. Ciento veinte millones de niñas (un poco más de 1 de cada 10) han sufrido un coito forzado, y 200 millones de niñas y mujeres han sido mutiladas en 30 países, la mayoría antes de los cinco años. Y debo añadir aquí algo muy importante: este NO ES UN PROBLEMA DE MUJERES. Es un asunto que nos atañe a todos, porque sin duda los varones también querrán librarse de esa marca infamante de verdugos y de violadores. Se trata de una patología colectiva, y va siendo hora de que los muchos hombres y muchas mujeres a los que nos espanta la situación actuemos de manera radical. O cambiamos la sociedad y la educación desde su misma base, o seguiremos viviendo en la enfermedad y en el delirio.

FUENTE: Rosa Montero

miércoles, 24 de agosto de 2016

El 'no es no' se queda corto

Anabel y Juanjo fueron novios durante tres años. Después de la ruptura, mantuvieron la amistad y se acostaron en varias ocasiones. Una noche, en 2008, salieron de fiesta con más gente y Anabel propuso tomar la última copa en su casa. Como era tarde, les dijo que podían quedarse a dormir y compartió su cama con Juanjo, dejando el sofá cama a las otras personas. A partir de ahí recuerda fogonazos: Juanjo agarrándole de las muñecas con fuerza, ella diciéndole “me haces daño”, él penetrándola de todos modos, ella paralizada y, al final, el reproche amargo de él: “Vaya polvo de mierda”. Al día siguiente, Anabel fingió normalidad pero en seguida empezó a sentir ansiedad, comenzó a tener pesadillas y tomó conciencia de que lo ocurrido fue una agresión sexual. Decidió denunciar.

Cinco años después, Anabel me escribe por email. Ha leído mi reportaje ‘Yo quería sexo pero no así’, en el que explicaba que la mayoría de las agresiones sexuales las cometen conocidos de la víctima en contextos en los que ellas inicialmente contemplaban la posibilidad de tener sexo. Destacaba que estos delitos rara vez se denuncian, porque la víctima siente vergüenza y culpa. Anabel sí que denunció, pero la Justicia absolvió a Juanjo. Me manda la sentencia escaneada. Siente que solo le queda contar su historia para sensibilizar y hacer incidencia política.

“Esta sala cree que Anabel dice la verdad, en aquello que recuerda, cuando afirma que se considera víctima de una agresión sexual. Lo que no implica que Juanjo miente cuando afirma que la relación sexual fue consentida”, dice la sentencia. Es decir, los magistrados aceptan que Anabel sufrió una agresión sexual pero creen que Juanjo pudo no ser consciente de estar violándola. Según él, Anabel le invitó a su cama y se besaron y tocaron con normalidad.

La sentencia reconoce a partir de informes realizados por distintos psicólogos y psiquiatras que Anabel presentaba “daño psíquico propio de una agresión o abuso sexual”, acreditado por periciales aportadas por diferentes psicólogos y psiquiatras. En concreto, la denunciante llevaba cinco años con “ansiedad, retraimiento social, bajo ánimo, sensación de miedo, pesadillas, necesitando asistencia médica”. La jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo recuerda que en delitos de agresión sexual el testimonio de la víctima es suficiente si no se demuestra que hubiera un móvil de resentimiento o venganza y si la incriminación es sólida, sin ambigüedades ni contradicciones, dado que son delitos cometidos en la intimidad en los que no se puede exigir testigos ni otro tipo de pruebas. ¿Entonces, por qué no bastaba con la palabra de Anabel y con la evidencia de que había sufrido un síndrome de estrés postraumático? Porque no había dicho “no”.

La sentencia insiste en que Anabel no supo explicar cómo se inició el encuentro sexual y que, arguyendo que se quedó paralizada, no se opuso resistencia verbal ni física a la penetración vaginal. La judicatura consideró que la frase “Me estás haciendo daño” no era suficientemente contundente y que los hematomas que Anabel presentaba en los brazos “no permiten inferir el empleo de la fuerza o violencia inusuales”.

Consentimiento vs. placer compartido

Cuando una mujer denuncia a un hombre por agresión sexual, la defensa suele alegar que la relación fue consentida. El juez o la jueza tendrá que decidir si existió tal consentimiento. Pero esa decisión está atravesada por un imaginario social en el que sólo se identifica la violación como la penetración con violencia por parte de un desconocido. Un imaginario en el que está tan normalizado que las mujeres tengan sexo sin disfrutar (por hastío, por sentir una obligación moral, por haber crecido en una sociedad que niega nuestro placer…), que el hecho de que Anabel dijera “me estás haciendo daño” no supone oposición suficiente. Un imaginario en el que no se entiende que el consentimiento inicial no implica ausencia de abuso. La sentencia dice: “Existe una duda razonable sobre el inicio de una relación sexual consentida”. Pero la propia sentencia reconoce que no existen dudas sobre el final: Anabel lo vivió como una agresión sexual y quedó traumatizada.

Hay otro fragmento clave en la sentencia que muestra cómo la concepción sobre la sexualidad permea en los criterios de la judicatura: “En concreto, la frase ‘Vaya polvo de mierda’ no parece propia cuando alguien impone a otro por la fuerza una relación sexual, caso en el que no tiene sentido reprochar falta de interés”. Pues mi lectura es otra. La frase “Vaya polvo de mierda” es propia de la falta de empatía y de sensibilidad de alguien que ha mantenido hasta el final una relación sexual desoyendo que la otra persona lo estaba pasando mal. Más aún, yo la entiendo como una manera de humillar a quien no ha respondido a sus deseos. La interpretación de los jueces solo se explica por una cultura en la que se ve tan normal que un hombre tenga sexo despreocupadamente con una mujer sabiendo que ella lo está pasando mal. Una cultura desigual en la que el papel de las mujeres es dar placer (que goce o no poco importa) y en el que esa queja, ese derecho a poner nota, no se interpreta como una agresión verbal. Absolverle supone legitimar esta conducta, admitir que puede entrar en lo que se considera como esperable de una relación sexual.

Esta historia me recuerda a la de la denuncia de una violación en grupo en la Feria de Málaga, aunque en este caso la respuesta judicial fue aún más perversa: al archivo de la causa le siguió la condena de la joven por denuncias falsas. La denunciante había aparecido llorando y desorientada de madrugada. Dijo que la habían violado en grupo y un forense certificó que presentaba un desgarro vaginal. La juez archivó la causa basándose, entre otros elementos, en que varios testigos habían visto a la chica yéndose con los chicos por iniciativa propia, que había un selfie en el que aparecían sonrientes y que en el vídeo que los chicos grabaron mientras tenían sexo no se apreciaban forcejeos. De nuevo, que ella hubiera decidido irse con esos chicos lleva a la juez a entender que, como hubo “un inicio consentido”, el final no importa. De nuevo, se asume que si no forcejeamos, si nos quedamos quietas porque nos sentimos paralizadas o porque tememos que oponer resistencia lleve a una mayor violencia física, estamos consintiendo.

Pero hay algo que me inquietó especialmente. La joven terminó diciendo que se lo había inventado porque ellos la habían amenazado con difundir el vídeo. En ninguna de las noticias en las que se contó que la joven había sido condenada a 10 meses de prisión (como esta de El País) se prestó atención al hecho de que amenazar a una persona con difundir un contenido íntimo es un delito contra la intimidad y es una forma de violencia sexual. En ninguna de las noticias que leí se contó con alguna fuente experta en violencia sexual que explicase que muchas veces las propias víctimas se culpabilizan y dudan de si lo vivido puede considerarse una violación, debido a todos estos mitos sobre el consentimiento. Afortunadamente, hay jueces, como el que ha procesado a los cinco agresores sexuales de los pasados sanfermines, que entienden que grabar sin consentimiento es una vejación en sí misma.

Cuando la justicia revictimiza

“Si te digo la verdad, prefiero sufrir otra agresión que volver a tener un juicio. Sé que es fuerte lo que digo pero es así. El mundo judicial se encarga de juzgarte, de abrirte en canal y hacerte trizas”, me escribe Anabel. En los juicios le preguntaron con qué mano le bajó las bragas su ex y se tomó como una sospechosa laguna que no lo recordase. También le preguntaron insistentemente sobre cómo es su vida sexual actual, cinco años después de la violación. “Entraron en cortocircuito al decirles que era satisfactoria. Para su mentalidad o eres una pobre niña inocente y frágil a la que han destruido o te lo estás inventando para vengarte. No conciben que eres una chica normal que en un momento dado te pudo pasar la idea de follar con un tío y después cambiar de opinión. La jurisprudencia actual se mueve en machistas dicotomías que hacen que el daño producido en tu cuerpo quede impune”.

La defensa de Anabel pedía prisión, prohibición de aproximación y de comunicación y una indemnización por el daño psicológico. Los magistrados que reconocían ese daño psicológico y que creían en la veracidad de su testimonio, no solo descartaron la privación de libertad para Juanjo, sino que descartaron cualquier otra medida que sirviera para que Anabel se sintiera reparada o para que el denunciado asumiera la responsabilidad de haber abusado de su expareja y amiga, y aprendiera a distinguir una relación deseada de una que se vive como agresión.

No es la única víctima de violencia machista que me dice que si volviera atrás, no hubiera denunciado, porque la violencia institucional (esos interrogatorios implacables en los que la víctima es tratada como sospechosa) ha sido tanto o más dolorosa que la agresión. En el cuarto anuario de Pikara en papel, que se publicará a mediados de septiembre, publico un reportaje sobre el auge de las denuncias cruzadas: la estrategia de defensa que consiste en acusar a la víctima de lesiones (y, en este caso, de denunciar en falso) está provocando que muchas mujeres no denuncien o retiren la denuncia por miedo a terminar condenadas. Si le hubiera ocurrido hoy, la joven que denunció la violación en grupo en Málaga seguro que no hubiera denunciado. Mientras el Gobierno repite ‘No te calles, denuncia’, una joven violada en grupo termina con antecendentes penales por haber confiado en una justicia marcada por los prejuicios patriarcales.
En fiestas, ‘no es no’

Este verano, más que nunca, los medios han informado sobre agresiones sexuales en fiestas (especialmente en sanfermines, donde este año la ciudadanía ha llenado las calles en respuesta a la docena de denuncias) y sobre las campañas de prevención y acompañamiento a mujeres que han lanzado colectivos feministas, instituciones y comparsas. Los sanfermines se han convertido en un símbolo, no solo por las imágenes del txupinazo, sino por casos como el asesinato de Nagore Laffage. En su juicio también flotó la acusación de que ella había decidido subir al piso de José Diego Yllanes, como si eso la obligase a aceptar cualquier cosa que viniera después.

El lema más habitual, claro y contundente, es “No es no”. Sin embargo, esa consigna tiene trampa: se responsabiliza a la mujer de explicitar su oposición en vez de promover un modelo de ligoteo basado en la empatía y el placer compartido. Decir que no es difícil, sobre todo teniendo en cuenta que el modelo de feminidad que se nos impone sigue emplazando a complacer, a no hacer ruido y a estar desconectadas con nuestro deseo sexual. Parece mentira que se siga considerando que quedarse inmóvil o expresar dolor es de lo más normal en una relación heterosexual.

A la vez que cultivamos la capacidad de decir que no, también tenemos que garantizar la libertad sexual: poder decir “sí” sin miedo al juicio social, porque el miedo a ser tachada de guarra sigue a la orden del día. Mientras nos llevamos las manos a la cabeza porque la gente joven sigue con esquemas caducos sobre las relaciones y la sexualidad, los juzgados emiten sentencias en las que se considera que si una mujer dice sí, luego ya no puede decir que no.

jueves, 28 de julio de 2016

"Yo así no follo"

Socióloga e investigadora, especializada en prevención de violencia sexual y de género.
La Real Academia de la Lengua a veces te sorprende para bien. Me dio por buscar la palabra “agresión”, y me encontré con que, además de las dos acepciones generales sobre el concepto, la Academia había introducido una acepción específica para “agresión sexual” que define como “delito consistente en la realización de actos atentatorios contra la libertad sexual de una persona empleando violencia o intimidación”. Hasta ahí, todas de acuerdo. Bien por la Academia.

¿Qué ocurre cuando se atenta contra la libertad sexual de una persona sin necesidad de emplear la violencia o la intimidación?

La cuestión a plantear es la siguiente: ¿qué ocurre cuando se atenta contra la libertad sexual de una persona sin necesidad de emplear la violencia o la intimidación? ¿Sigue considerándose agresión? Sí. ¿Y por qué sí? Pues porque está claro que en las agresiones sexuales el componente propio de la acción de “agredir”- esto es qué tipo de agresión y cómo se ha llevado a cabo- tiene mucha importancia, pero a veces obvia un elemento anterior, que es clave, y  que también se incluye en la definición de la RAE que es el de “atentar contra la libertad sexual”.
Porque toda agresión sexual parte de que el agresor piense que:
  • Aquí lo único que cuenta es mi libertad sexual (que debe ser satisfecha cuándo, cómo, dónde y con quién yo quiera).
  • Como mi libertad anula la del resto- sobre todo la de aquellas con las que quiero y me he propuesto tener una relación sexual- no tengo en cuenta, ni me interesa, obtener suconsentimiento. No lo necesito. Ni me quita ni me da.
  • Tengo legitimidad absoluta para disponer de la voluntad y del cuerpo de la chica con la que quiero tener relaciones sexuales y para ello me valdré de los medios que sean necesarios para conseguirlo.
Hay varios conceptos aquí interesantes, de los que no se suele hablar cuando se trata el tema de las agresiones. El primero de ellos es el de la libertad sexual. Ante la cuestión de cómo vivimos y encaramos nuestra sexualidad, y cómo queremos vivir y disfrutar de nuestras relaciones, deberíamos ser como ante la ley: libres e iguales. Pero no hace falta que las agresiones sexuales de Sanfermines salgan en todos los medios habidos y por haber para que nos demos cuenta de que la libertad sexual de las mujeres no es igual, ni por asomo, a la de los hombres.

No hace falta que las agresiones sexuales de Sanfermines salgan en todos los medios habidos y por haber para que nos demos cuenta de que la libertad sexual de las mujeres no es igual, ni por asomo, a la de los hombres.

El segundo concepto es el “consentimiento” que parte de una premisa que, a priori, debería ser sencilla de entender (a posteriori, a algunos deberían tatuársela en la frente): una relación sexual entre dos personas implica que las dos personas quieren y consienten mantener dicha relación.


Violación en cita


De esto va la campaña que lanzó la semana pasada el gobierno de Castilla-La Mancha con la que, bajo el lema “Sin un Sí, es No”, pretende concienciar “en la prevención de una de las formas de violencia de género que más predomina entre la juventud, la denominada “violación en cita”. Seguro que el concepto en sí no os suena familiar, pero a más de una se le pondrá cara de “ah, claro que sé lo que es” cuando conozca que la “violación en cita” es aquella agresión sexual que es perpetrada por un chico al que conoces previamente. No sólo lo conoces, puede que previo a la agresión hayas estado “tonteando” con él, o incluso puede que hayáis mantenido relaciones sexuales con anterioridad.

Pero llega un momento en el que a ti deja de apetecerte estar con él, por los motivos que sean. No te apetece “más”, no te apetece seguir, quieres plantarte aquí. A veces puedes hacerlo sin problemas. En otras ocasiones cuesta un poco más despegarte del chico que se pone insistente, incluso puede que roce el chantaje (“no me vas a dejar así ahora”) o el insulto (“menuda calientapollas”). Y hay veces  en las que ya no les vale que digas “ahora no”, porque ellos ponen su libertad sexual por encima de todo, les importa poco o nada tu consentimiento, y creen que, con voluntad o sin voluntad, tú vas a terminar lo que ellos creen que “has empezado”.

Tienes que tener claro que mi “sí”, como tu “sí”, no es de renovación continua y automática.

Si yo te he conocido en un bar, me has gustado y hemos ido a tu casa a pasar la noche, y ambos hemos consentido en mantener relaciones sexuales, tienes que tener claro que mi “sí”, como tu “sí”, no es de renovación continua y automática como la suscripción Premium de Spotify, si no que se pide, y se da CADA VEZ que se quiera mantener una relación sexual. Esto quiere decir que si yo me despierto y tú me estás tocando, o incluso más que tocando, mientras yo estaba durmiendo, no estás teniendo en cuenta ni mi libertad sexual, ni mi voluntad, ni mi consentimiento.
¿Es esto, por tanto, una agresión sexual? Pues según la RAE no, pero según las asociaciones feministas y los centros especializados en violencia sexual, SÍ. Y seguro que para una chica que haya vivido situaciones (agresiones) de este tipo, el sentimiento de vergüenza, inseguridad o humillación responde más a lo que provoca una agresión sexual como la entendemos “tradicionalmente” que a lo que evoca una relación sexual para la que previamente, ha dado su consentimiento.
El problema de fondo es que todo lo relativo al consentimiento y a la libertad sexual como derecho individual, se cuestiona en este tipo de agresiones. De hecho, la culpabilidad por sentir que se ha “provocado” la agresión, en el caso de la violación en cita, y la incertidumbre que provoca saber que “puede que no te crean cuando lo cuentes” influye en la decisión de denunciar o no.


Agresión por “sumisión química”


Pero aún hay otro tipo de agresión sexual más cuestionada y puesta en entredicho. Es la llamada agresión por “sumisión química” e implica la utilización de sustancias con las que se consigue la total anulación de voluntad porque provoca estados de inconsciencia. En la mayoría de los casos no sólo no sabes qué ha ocurrido, si no que no sabes por qué ni cómo. Sabes que ha pasado algo, pero no sabes qué. Ni con quién/quienes. De ahí el “miedo” a denunciar y no ser creídas.

Se añade otra circunstancia adversa: que (las víctimas) no presentan lesiones genitales porque la droga anula la resistencia.

También porque en estos casos, ”se añade otra circunstancia adversa: que (las víctimas) no presentan lesiones genitales porque la droga anula la resistencia”. Está claro: no hay consciencia, no hay voluntad, no hay resistencia. Por supuesto, se obvia el respeto a la libertad sexual de esa chica, el respeto a si ha dado (es obvio que no) su consentimiento (porque sería algo así como “sí, quiero mantener relaciones sexuales contigo, pero a poder ser inconsciente, sin que me entere de lo que me haces o de si estás tomando precauciones o no”). En realidad, no hace falta hacer uso de sustancias, porque también existe agresión por sumisión cuando la chica está muy bebida y no es capaz de decir no, de resistirse, de huir, de buscar ayuda.

Tanto la violación en cita como las agresiones por sumisión química nos deberían lanzar mensajes de alerta máxima respecto a la (mis-) educación sexual que reciben los chicos y cómo se sigue reproduciendo la visión andro (- hetero) céntrica de la sexualidad en la que los únicos sujetos de derecho y disfrute siguen siendo ellos. Chicos que “disfrutan” (¿disfrutan?) forzando a una chica a mantener relaciones sexuales utilizando la violencia, las amenazas, el chantaje o aprovechando que está inconsciente, sin voluntad.

Desmitificando que la violencia sexual sólo son agresiones con violencia física por parte de desconocidos, para demostrar cómo una agresión puede producirse (de hecho, son las más) por parte de chicos que conoces.

La labor de concienciación y sensibilización en este sentido es inmensa, pero necesaria. Por un lado, desmitificando que la violencia sexual sólo son agresiones con violencia física por parte de desconocidos, para demostrar cómo una agresión puede producirse (de hecho, son las más) por parte de chicos que conoces. Por otro lado, para empezar a cuestionar esa libertad sexual masculina dominante y mal entendida, y  que sean ellos los que empiecen a controlarse y a ser activos en la prevención de conductas propias o las conductas de aquellos que tienen cerca.

Termino contando cómo le preguntaba yo a un amigo el otro día sobre qué tal se lo había pasado el fin de semana. Y me contestaba él: “pues muy bien. Salimos bastante…y al final terminé enrollándome con X”. Yo sé que X le gusta mucho, así que me alegré y como buena amiga, pregunté: “¿y qué tal con ella?”. Y entonces me explicó que: “Yo que sé, porque empezamos a enrollarnos y ella estaba muy bebida y muy… (piensa unos segundos) pasiva”. Yo maticé mi pregunta con un: “¿pasiva de cero-proactiva o pasiva-dormida?”. “Lo segundo”- me decía él-“me sentía raro, viéndola ahí que estaba medio dormida, que no respondía a nada…. Eso me hacía sentir mal… Y qué quieres que te diga, Bea. Yo así no follo”.

FUENTE: TRIBUNA FEMINISTA